El Ayuntamiento de Salamanca mejora la accesibilidad y facilita la instalación de ascensores en el Entorno Residencial de Rehabilitación de Gladiolos
El Ayuntamiento de Salamanca continúa modernizando los barrios de la ciudad para que sean más accesibles y ofrezcan una mayor calidad de vida. Así lo ha destacado hoy el concejal de Fomento, Fernando Carabias, durante una visita a las renovadas calles Gladiolos, Orquídeas, Nenúfar y paseo de los Robles, en el barrio Garrido, incluidas en el proyecto de rehabilitación del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP).
Con una inversión de 497.000 euros, se ha habilitado un nuevo diseño de los viales con reserva de espacio libre de servicios para la ejecución de las obras de ampliación de los portales de cara a la instalación de ascensores. En el caso de las calles Nenúfar y Gladiolos, los viales se conforman como plataforma única tipo ‘calle residencial’ para mejorar la accesibilidad de las personas con discapacidad y movilidad reducida, así como la seguridad frente a incendios.
Para mantener el número de plazas de estacionamiento de vehículos en la zona, la supresión en estas calles se ha compensado con una reorganización de los aparcamientos en el tramo del Paseo de los Robles entre la calle Los Tilos y la avenida de Los Cedros.
En la calle Gladiolos existían unos balcones situados a muy baja altura donde el espacio de acera situado debajo de ellos no resultaba accesible, por lo que se ha optado por cerrar dichos espacios tabicándolos con fábrica de ladrillo chapada con granito. En la misma calle, y también en la calle del Nenúfar, existen unos accesos a sótanos de los edificios con escaleras en los que se han colocado barandillas de acero inoxidable para protección frente a caídas.
La mejora de la calidad urbana se ha llevado a cabo con la renovación de pavimentos por otros más estéticos y la instalación de nuevo mobiliario urbano. Con objeto de crear un entorno más amable, se han diseñado parterres y alcorques con plantaciones arbóreas y arbustivas en la calle Gladiolos y en el paseo de los Robles, mientras que en la calle Acacias se complementan los cuatro alcorques existentes con árboles con otros cuatro más, y en la acera de la calle de Los Tilos que se ha ampliado se disponen siete alcorques para sus correspondientes árboles.
Finalmente, se ha renovado la red de alumbrado público por una nueva de tecnología led, energéticamente más eficiente, y ejecutado canalizaciones subterráneas que posibilitan el soterramiento de todo el cableado y su retirada de las fachadas por parte de las compañías titulares de los servicios.
Abierto el plazo para ayudas en Garrido, Ciudad Jardín y la segunda fase de Chinchibarra
Este Entorno Residencial de Rehabilitación Programada es uno de los ERRP (Garrido, Ciudad Jardín y segunda fase de Chinchibarra) que el Ayuntamiento de Salamanca, a través del Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo (PMVU), tiene en marcha para continuar modernizando los barrios de la ciudad mediante la rehabilitación de edificios, de manera que se mejora la calidad de vida de los vecinos y al mismo tiempo se contribuye al mantenimiento del empleo en el sector de la construcción.
Esta actuación se incluye en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea con fondos NextGenerationEU, del ‘Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio’, a través de la colaboración entre Gobierno de España, Junta de Castilla y León y Ayuntamiento de Salamanca, con un importe total de casi 4,9 millones de euros en ayudas para la mejora de viviendas.
El plazo para presentar las solicitudes finalizará el 30 de noviembre de 2025, excepto que con anterioridad se hubieran agotado los fondos disponibles. La solicitud, acompañada de la correspondiente documentación, se presentará conforme al modelo que está disponible en la página web https://www.aytosalamanca.es/en/w/regeneración-de-barrios del Ayuntamiento de Salamanca.
Una vez concedida la licencia o presentada la declaración responsable de obras, éstas deberán iniciarse en el plazo máximo de cuatro meses. Las actuaciones objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del 30 de junio de 2026.
Actuaciones subvencionables
Las bases establecen un procedimiento más ágil y flexible que permita conceder las subvenciones a medida que se vayan presentando las solicitudes, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos, de tal forma que los beneficiarios dispongan del mayor plazo de ejecución posible. Por esta razón, se prevé que las subvenciones se concedan en régimen de concurrencia no competitiva, atendiendo al riguroso orden de presentación de las solicitudes, hasta agotar los fondos disponibles, y de acuerdo con los principios de objetividad, publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Serán subvencionables las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial, iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020, siempre que se obtenga una reducción al menos del 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, y consigan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio de al menos un 35%.
Asimismo, en los edificios en los que se hayan realizado en los últimos cuatro años intervenciones de mejora de la eficiencia energética en las que pueda acreditarse que se redujo la demanda anual en un porcentaje igual o superior al establecido anteriormente quedan eximidos de este requisito.
Entre las actuaciones subvencionables se incluirán aquellos gastos necesarios para el desarrollo del conjunto de las actuaciones anteriores, como gestión y honorarios de los profesionales intervinientes, redacción de los proyectos y dirección de obra, así como certificados e informes técnicos, actuaciones de realojo temporal de ocupantes, acompañamiento social y otras situaciones similares.
No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial. Tampoco serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
La cuantía económica de las ayudas podrá alcanzar los 8.100 euros por vivienda si el ahorro energético conseguido se sitúa entre el 30 y el 45%, hasta 14.500 euros si el ahorro está entre el 45 y el 60%, y hasta 21.400 euros con un ahorro superior al 60%. En el caso de los locales comerciales o para otros usos, la cuantía máxima de las ayudas, respectivamente, será de 72, 130 y 192 euros por metro cuadrado.
Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica se podrá conceder una ayuda adicional. Por su parte, en aquellos casos en los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto, podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda hasta 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio.