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20 de febrero de 2015Juventud

Convocatoria pública de concesión de ayudas económicas a grupos y bandas musicales de jóvenes para facilitar sesiones de ensayos. Año 2015

III CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A GRUPOS Y BANDAS MUSICALES DE JÓVENES PARA FACILITAR SESIONES DE ENSAYOS. AÑO 2015.
Artículo 1.- Objeto y finalidad.
1. La Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Salamanca promueve la presente convocatoria púbica que tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en los términos previstos en esta convocatoria y en el ámbito de sus competencias, conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos, como una medida de fomento destinada a la promoción artística y cultural de los jóvenes de la ciudad de Salamanca, en aras a alcanzar la efectividad práctica de las medidas contempladas en el 2º Plan de Juventud de Salamanca 2012-2015, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, el día 27 de julio de 2012; y con la finalidad de facilitar a los grupos y bandas musicales de jóvenes de esta ciudad, el acceso a la realización de sesiones de ensayo en locales apropiados.
 
Artículo 2.- Financiación e importe máximo de la convocatoria.
La financiación de las ayudas económicas concedidas al amparo de la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 33060-48900, “Otras Transferencias”, del Presupuesto del ayuntamiento para el año 2015, por un importe total máximo de 25.000,00 euros (veinticinco mil euros).
 
Artículo 3.- Concepto de Ayuda económica a efectos de esta convocatoria.
Al tratarse de una medida de fomento destinada a la promoción artística y cultural de los jóvenes de la ciudad de Salamanca, la concesión de las ayudas económicas previstas en esta convocatoria, tienen como finalidad que los grupos y bandas musicales de jóvenes de esta ciudad, que resulten beneficiarios de las mismas, puedan realizar única y exclusivamente sesiones de ensayo musicales en locales apropiados, hasta la cuantía de la ayuda económica y en los términos previstos en esta convocatoria.
 
Artículo 4.- Requisitos para ser beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los grupos y bandas musicales juveniles de la ciudad de Salamanca, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Grupos y bandas musicales del ámbito municipal, en los que, al menos, el CINCUENTA por ciento (50%) de sus componentes, músicos-intérpretes, sean jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y los 30 años, ambos inclusive, y todos los demás componentes tengan, al menos, 18 años.
b) Grupos y bandas musicales del ámbito municipal, en los que, al menos el CINCUENTA por ciento (50%) de sus componentes, músicos-intérpretes, estén empadronados en la ciudad de Salamanca.
c) Solicitar la ayuda económica dentro del plazo concedido, cumplir todos los requisitos y obligaciones establecidas en esta convocatoria, y aportar los documentos requeridos.
2. Igualmente, todos los componentes, músicos-intérpretes, de cada grupo o banda musical juvenil que participen en esta convocatoria, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo III)
b) Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con el OAGER del Ayuntamiento de Salamanca, y de sus obligaciones con la Seguridad Social. (Anexo nº IV)
3. Los requisitos establecidos en este artículo, se deberán cumplir ininterrumpidamente, desde el momento en que se presente la solicitud de ayuda en el Ayuntamiento de Salamanca, hasta el día en que se realice la última sesión de ensayo musical.
 
Artículo 5.- Presentación de solicitudes.
1. La solicitud de ayuda económica se formalizará mediante instancia dirigida al Ayuntamiento de Salamanca, conforme al modelo que se acompaña a esta convocatoria como Anexo I, “Solicitud de ayuda económica”, que deberá estar firmada por todos los componentes, músicos-intérpretes, del grupo o banda musical, y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la calle Íscar Peyra nº 24-26, 37002 Salamanca, o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en adelante LRJAPyPAC de 1992.
2. El plazo para presentar las solicitudes a las que se refiere esta convocatoria será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca. Si el último día del plazo fuese domingo o festivo en Salamanca, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
3. A la solicitud de ayuda económica se deberá acompañar necesariamente los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI, anverso y reverso, de todos los integrantes del grupo o banda musical, o en su caso, del pasaporte en vigor.
b) Certificado original de empadronamiento en la ciudad de Salamanca de, al menos, el CINCUENTA por ciento (50%) de los integrantes del grupo o banda musical.
c) Anexo II: “Otorgamiento de poder de representación del grupo o banda musical”.
d) Anexo III: Declaración responsable formulada por todos los integrantes del grupo o banda musical, de no estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Anexo IV: Declaración responsable formulada por todos los integrantes del grupo o banda musical, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, AEAT, y con el OAGER de Ayuntamiento de Salamanca, y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
4. Toda la información sobre esta convocatoria, y la obtención de todos los Anexos para su presentación, se podrán solicitar en la Sección de Juventud – Espacio Joven del Ayuntamiento de Salamanca, sita en la C/ José Jáuregui  nº 16, 37002 Salamanca, teléfono: 923 28 11 01, e-mail: espaciojoven@aytosalamanca.es, o descargarse en la página web del Ayuntamiento de Salamanca: www.juventud.aytosalamanca.es.
 
Artículo 6.- Subsanación de errores en las solicitudes.
En aplicación de lo dispuesto en el art. 71 de la LRJAPyPAC de 1992, si la solicitud y documentos aportados no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, la Sección de Juventud del Ayuntamiento de Salamanca requerirá al interesado/s para que en el plazo de diez días, contados a partir de la recepción de la notificación de subsanación, complete la documentación o subsane los errores de la misma, con advertencia de que si así no lo hiciera se tendrá por desistido al grupo o banda musical solicitante de la ayuda económica.
 
Artículo 7.- Representación voluntaria y efectos jurídicos.
Todos los componentes del grupo o banda musical deberán otorgar poder de representación a favor de uno de ellos, en los términos previstos en el art. 32 de la LRJAPyPAC de 1992, mediante la cumplimentación del documento denominado “Otorgamiento de poder de representación del grupo o banda musical”, que se adjunta a esta convocatoria como Anexo II, y a los únicos efectos de que todas las actuaciones administrativas que deriven de esta convocatoria para el grupo o banda musical, se entenderán y comunicarán únicamente al designado representante, si bien los efectos y consecuencias jurídicas de las mismas y de esta convocatoria, surtirán efecto simultáneamente y de forma solidaria, respecto a todos los componentes del grupo o banda musical.
 
Artículo 8.- Procedimiento de concesión, resolución y notificación.
1. Se constituirá una Comisión de Valoración presidida por la Concejala de Juventud, o persona en quien delegue, e integrada por un mínimo de 2 vocales designados por la Concejala de Juventud, actuando como Secretario, con derecho a voz y sin voto, un funcionario de la Sección de Juventud.
2. La Comisión de Valoración examinará el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria por pate de los grupos y bandas musicales juveniles que hayan solicitado una ayuda económica, y formulará la correspondiente propuesta de resolución de esta convocatoria, que contendrá, al menos, una relación de los grupos y bandas musicales admitidos y excluidos a participar en esta convocatoria, con indicación de la causa de exclusión, y la distribución de la concesión de ayudas económicas a cada grupo y banda musical conforme se establece en el artículo siguiente.
3. Igualmente, la Comisión de Valoración estará facultada para resolver aquellas incidencias que pudieran surgir en la ejecución de esta convocatoria, y no estuvieran expresamente reguladas en su articulado, así como para formular propuestas de resolución a la Junta de Gobierno Local.
4. La propuesta de resolución de la Comisión de Valoración se elevará a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Salamanca, que adoptará el correspondiente acuerdo sobre la resolución de esta convocatoria y la concesión de las ayudas económicas previstas en la misma.
5. El anterior acuerdo será notificado a todos los grupos y bandas musicales que hayan participado en esta convocatoria.
6. El Ayuntamiento de Salamanca podrá difundir y publicar en los medios de comunicación, redes sociales, o cualquier otro medio de divulgación pública, el contenido del mencionado acuerdo, así como cualquier otra noticia relacionada con la actividad de fomento que se promueve con esta convocatoria.
 
Artículo 9.- Distribución de las ayudas.
1. La ayuda económica máxima que se pondrá conceder a un grupo o banda musical será de 1.250,00 euros (mil doscientos cincuenta euros), IVA incluido.
2. El importe total máximo de 25.000,00 euros (veinticinco mil euros) de esta convocatoria, se distribuirá proporcionalmente entre todos los grupos y bandas musicales que reúnan todos los requisitos establecidos en esta convocatoria, sin que en ningún caso, se pueda conceder a ningún grupo una cantidad superior a 1.250 euros. En todo caso, se incluirá el importe correspondiente de IVA como parte integrante de la ayuda económica.
 
Artículo 10.- Supuesto excepcional: nueva convocatoria.
1. En el supuesto excepcional de que el acuerdo de resolución de esta convocatoria, adoptado por la Junta de Gobierno Local conforme a su art. 8.4, no llegué a distribuir y conceder el total del importe máximo de 25.000 euros, la Junta de Gobierno Local podrá acordar la celebración de una nueva convocatoria con sujeción a las bases aprobadas, y en la que no podrán presentar nueva solicitud los ya beneficiarios de ayudas.
2. El importe total máximo que se podrá distribuir y conceder en este supuesto excepcional, será la diferencia existente entre el importe máximo total de 25.000,00 euros, y el importe total distribuido y concedido por el mencionado acuerdo de la Junta de Gobierno Local sobre resolución de esta convocatoria.
En ningún caso, la Junta de Gobierno Local podrá adoptar un acuerdo concediendo ayudas económicas cuyo importe total supere el importe máximo de 25.000,00 euros de esta convocatoria.
 
Artículo 11.- Plazo para la realización de las sesiones de ensayo.
Las sesiones de ensayo reguladas en la presente convocatoria podrán realizarse a partir del día siguiente a aquel en que cada grupo o banda musical reciba la notificación de la concesión de la ayuda económica a que hace referencia el art. 8 de esta convocatoria y hasta el día 30 de noviembre de 2015, ambos incluidos.
 
Artículo 12.- Pago de las ayudas mediante endoso.
1. El pago efectivo de la ayuda económica concedida a cada grupo o banda musical, se realizará mediante endoso o transmisión del derecho de cobro de estos, a favor del titular de la sala de ensayo musical en la que el grupo o banda musical haya realizado sus sesiones de ensayo.
2. En ningún caso las ayudas económicas concedidas en esta convocatoria podrán ser objeto de segundas y sucesivas cesiones y/o endosos, a favor de ningún otro tercero.
 
Artículo 13.- Justificación sucesiva de las ayudas.
1. En el plazo de los quince días siguientes a la finalización de cada mes natural, cada grupo o banda musical deberá presentar en la Sección de Juventud – Espacio Joven del Ayuntamiento de Salamanca, la factura correspondiente a las sesiones de ensayo realizadas en el mes anterior, indicando expresamente, al menos, el siguiente desglose: mes al que se refieren las sesiones de ensayo y la tarifa y el precio aplicable; emitida por el titular de la sala de ensayo musical, a nombre del designado representante del grupo o banda musical conforme a lo dispuesto en el art. 7 de esta convocatoria, en los términos previstos a este respecto en la legislación vigente, siendo posteriormente remitida, debidamente conformada por la Sección de Juventud, a la Intervención del Ayuntamiento para su fiscalización y pago.
2. En todo caso, el importe correspondiente al IVA que aparezca en las anteriores facturas, se computará como parte integrante de la ayuda concedida a cada grupo o banda musical, a efectos de lo dispuesto en los arts. 3 y 9.
3. Conjuntamente con cada una de las facturas mensuales que se presenten en aplicación de lo establecido en el apartado primero de este artículo, cada grupo o banda musical beneficiaria deberá presentar, debidamente cumplimentado, el Anexo V de esta convocatoria: “Notificación fehaciente de la cesión del derecho de cobro de la ayuda económica por endoso”, por la que el grupo o banda musical, transmite fehacientemente el derecho de cobro de la ayuda económica concedida por el Ayuntamiento de Salamanca, a favor del titular de la sala musical en la que hayan realizado sus ensayos musicales, y cuya aceptación expresa debe venir debidamente cumplimentada en el punto 3 del Anexo V.
 
Artículo 14.- Renuncia al sobrante de ayuda económica concedida y no facturada.
1. En el caso de que una vez tramitadas correctamente todas las facturas endosadas de un grupo o banda musical, conforme al procedimiento señalado en esta convocatoria, el importe total de las mismas no alcance el importe exacto de la ayuda económica concedida, en ningún caso el correspondiente grupo o banda musical tendrá derecho a la percepción monetaria del sobrante de ayuda económica concedida y no facturada, que estará constituida por la diferencia existente entre la ayuda económica concedida y el importe total de las facturas endosadas tramitadas correctamente por sesiones de ensayos realizadas hasta el día 30 de noviembre de 2015, incluido este día.
2. El sobrante de ayuda económica concedida y no facturada, a la que se refiere el anterior apartado, quedará anulado automáticamente el día 20 de diciembre de 2015, entendiéndose a partir de este mismo día que el correspondiente grupo o banda musical incurso en esta circunstancia, renuncia expresamente y a todos los efectos jurídicos a dicho importe de la ayuda económica, por el mero hecho de que se produzca el supuesto contemplado en este artículo, sin necesidad formal de expresar esta renuncia.
 
Artículo 15.- Colaboración voluntaria con la Sección de Juventud.
La Sección de Juventud – Espacio Joven del Ayuntamiento de Salamanca podrá solicitar, si lo estima conveniente, la colaboración a los grupos y bandas musicales beneficiarias de una ayuda económica, para la cumplimentación de un cuestionario relativo a la valoración de distintos aspectos de esta convocatoria, o para la presentación de una breve memoria descriptiva de los ensayos, valoración-evaluación de los distintos aspectos de esta convocatoria, propuestas, sugerencias y de cualquier otro aspecto que los grupos y bandas musicales consideren conveniente incluir.
 
Artículo 16.- Derechos, obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios.
1. Los beneficiarios de las ayudas económicas tendrán derecho a realizar el número de sesiones de ensayos que corresponda hasta el importe máximo de la cuantía de la ayuda económica concedida, en salas musicales apropiadas y en los términos previstos en esta convocatoria.
2. Los beneficiarios de las ayudas económicas tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir en forma y plazo todas las obligaciones, condiciones y requisitos que les impone esta convocatoria y los actos administrativos que deriven de ella.
b) Mantener actualizada en todo momento la composición de miembros, músicos-interpretes, del grupo o banda musical, comunicando a la Sección de Juventud – Espacio Joven del Ayuntamiento de Salamanca, cualquier alta o baja que se produzca en los miembros componentes del grupo o banda musical.
c) Comunicar a la Sección de Juventud – Espacio Joven del Ayuntamiento de Salamanca la renuncia a disfrutar de la ayuda económica en un determinado momento.
d) Cumplir todos los requerimientos que le realice la Sección de Juventud – Espacio Joven del Ayuntamiento de Salamanca, en relación con esta convocatoria.
e) Permitir el acceso a las salas de ensayos al personal del Ayuntamiento de Salamanca, para supervisar y comprobar la correcta celebración de las sesiones de ensayo musicales.
f) Realizar las sesiones de ensayo en las condiciones específicas de utilización que establezca el titular de las correspondientes salas.
g) Utilizar adecuadamente las salas de ensayo y, en su caso, el equipo instrumental de las mismas, sin provocar en ellos ni daños, desperfectos o pérdidas de instrumentos.
3. Los beneficiarios de las ayudas económicas serán responsables de todos los daños, desperfectos, pérdidas, perjuicios o consecuencias jurídicas que se causen a las salas de ensayo, al equipo instrumental de las mismas, o a cualquier tercero, como consecuencia de la celebración de las sesiones de ensayo previstas en esta convocatoria, sin que en ningún caso, ni por ningún motivo, esta responsabilidad alcance al Ayuntamiento de Salamanca.
4. En su caso, el titular de las salas de ensayo deberá exigir directamente a los grupos y bandas musicales que hayan utilizado las salas de ensayo, cualquier tipo de responsabilidad prevista en el anterior apartado, sin que en ningún caso, ni por ningún motivo, podrá solicitar al Ayuntamiento de Salamanca ningún tipo responsabilidad ni de indemnización.
 
Artículo 17.- Consecuencia de los incumplimientos de las obligaciones.
En el supuesto de que los grupos y bandas musicales incumplan cualesquiera de las obligaciones, condiciones y requisitos establecidos en esta convocatoria, y demás normas de general aplicación que resulten aplicables, la Comisión de Valoración prevista en el art. 8 de esta convocatoria, ordenará la incoación del correspondiente expediente de acreditación de incumplimiento de una determinada obligación y de su correlativa consecuencia jurídica, que deberá ser proporcional a la gravedad del incumplimiento, en el que se dará audiencia al interesado/s por plazo máximo de 15 días naturales, y finalizará proponiendo a la Junta de Gobierno Local la adopción de la resolución que corresponda.
 
Artículo 18.- Régimen jurídico.
En todo lo no regulado en la presente convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, y en el resto de normativa que resulte aplicable.
 
-   - -   - = * = -   - -   -
 

 
 
Anexo I
 
Solicitud de Ayuda Económica
 
3ª CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A GRUPOS Y BANDAS MUSICALES DE JÓVENES PARA FACILITAR SESIONES DE ENSAYOS. AÑO 2015. (Publicada en el B.O.P. de Salamanca del día: _____________________________)
 
Nombre completo del Grupo o Banda Musical:
Nº de miembros:
 
1.- Datos personales del designado representante del Grupo o Banda (Art. 7 de la convocatoria):
Primer apellido:
Segundo Apellido
Nombre:
Nº DNI/Pasaporte:
Fecha Nacimiento:
Domicilio: Calle, Av., Plaza, Número, Piso, Letra:
Cod.Postal y Ciudad:
Teléfono Fijo:
Teléfono/s Móvil:
e-mail:
Firma:
 
2.- Relación de todos los componentes, músicos-intérpretes, del Grupo o Banda (Arts. 4 y 5 de la convocatoria):
1º Apellido
2º Apellido
Nombre
Nº DNI/Pasaporte
Firma:
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
4
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
8
 
 
 
 
 
9
 
 
 
 
 
 
3.- SOLICITAN: ser admitidos a la convocatoria pública anteriormente referenciada y la concesión de la Ayuda Económica por el importe que corresponda al mencionado Grupo o Banda Musical.
 
4.- MANIFIESTAN: Conocer la mencionada convocatoria pública y reunir todos los miembros los requisitos que la misma establece para la concesión de una Ayuda Económica.
 
5.- Relación de documentos adjuntos a la presente solicitud de Ayuda Económica:
a) Fotocopia del DNI, anverso y reverso, de todos los integrantes del grupo o banda musical, o en su caso, del pasaporte en vigor.
b) Certificado original de empadronamiento en Salamanca de, al menos, el 50% de los integrantes del grupo o banda musical.
c) Anexo II: “Otorgamiento de poder de representación del grupo o banda musical”.
d) Anexo III: Declaración responsable formulada por todos los integrantes del grupo o banda musical, de no estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Anexo IV: Declaración responsable formulada por todos los integrantes del grupo o banda musical, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, AEAT, y con el OAGER de Ayuntamiento de Salamanca, y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
En Salamanca a, ______de _________________ de 2015
 
Ayuntamiento de Salamanca.
Sección de Juventud – Espacio Joven.

 
 
Anexo II
 
Otorgamiento de poder de representación del grupo o banda musical
 
3ª CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A GRUPOS Y BANDAS MUSICALES DE JÓVENES PARA FACILITAR SESIONES DE ENSAYOS. AÑO 2015.
 
Nombre completo del Grupo o Banda Musical:
Nº de miembros:
 
1.- Todos los componentes, músicos-intérpretes, del Grupo o Banda (Arts. 4 y 5 de la convocatoria):
 
1º Apellido
2º Apellido
Nombre
Nº DNI/Pasaporte
Firma:
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
4
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
8
 
 
 
 
 
9
 
 
 
 
 
 
2.- A efectos de lo dispuesto en el art. 7 de esta convocatoria, mediante la firma de este Anexo, cada uno de nosotros, otorgamos poder de representación del grupo o banda musical reseñado, a favor del siguiente miembro del grupo o banda musical:
 
1º Apellido
2º Apellido
Nombre
Nº DNI/Pasaporte
Firma de aceptación:
 
 
 
 
 
 
 
3.- SOLICITAMOS: se tenga por realizado el presente otorgamiento de poderes de representación del grupo o banda musical reseñado, a los efectos jurídicos previstos en la convocatoria en el encabezamiento mencionada.
 
En Salamanca a, ______de _________________ de 2015
 
Ayuntamiento de Salamanca.
Sección de Juventud – Espacio Joven.

 
 
 
Anexo III
 
Declaración responsable
formulada por todos los integrantes del grupo o banda musical, de no estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
 
3ª CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A GRUPOS Y BANDAS MUSICALES DE JÓVENES PARA FACILITAR SESIONES DE ENSAYOS. AÑO 2015.
 
Nombre completo del Grupo o Banda Musical:
Nº de miembros:
 
1.- Todos los componentes, músicos-intérpretes, del Grupo o Banda (Arts. 4 y 5 de la convocatoria):
 
1º Apellido
2º Apellido
Nombre
Nº DNI/Pasaporte
Firma:
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
4
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
8
 
 
 
 
 
9
 
 
 
 
 
 
2.- A efectos de lo dispuesto en los arts. 4 y 5 de esta convocatoria, mediante la firma de este Anexo formulamos, cada uno de nosotros, la presente Declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
 
3.- SOLICITAMOS: se tenga por realizada la presente Declaración responsable, a los efectos jurídicos previstos en la convocatoria en el encabezamiento mencionada.
 
En Salamanca a, ______de _________________ de 2015
 
 
Ayuntamiento de Salamanca.
Sección de Juventud – Espacio Joven.

 
Anexo IV
Declaración responsable
formulada por todos los integrantes del grupo o banda musical, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la AEAT, y con el OAGER de Ayuntamiento de Salamanca, y de sus obligaciones con la Seguridad Social.
 
3ª CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A GRUPOS Y BANDAS MUSICALES DE JÓVENES PARA FACILITAR SESIONES DE ENSAYOS. AÑO 2015.
 
Nombre completo del Grupo o Banda Musical:
Nº de miembros:
 
1.- Todos los componentes, músicos-intérpretes, del Grupo o Banda (Arts. 4 y 5 de la convocatoria):
 
1º Apellido
2º Apellido
Nombre
Nº DNI/Pasaporte
Firma:
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
4
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
8
 
 
 
 
 
9
 
 
 
 
 
 
2.- A efectos de lo dispuesto en los arts. 4 y 5 de esta convocatoria, en concordancia con lo dispuesto en el art. 24.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante la firma de este Anexo formulamos, cada uno de nosotros, la presente Declaración responsable de estar al corriente del cumplimiento de nuestras obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con el OAGER del Ayuntamiento de Salamanca, y de nuestras obligaciones con la Seguridad Social.
 
3.- SOLICITAMOS: se tenga por realizada la presente Declaración responsable, a los efectos jurídicos previstos en la convocatoria en el encabezamiento mencionada.
 
En Salamanca a, ______de _________________ de 2015
 
Ayuntamiento de Salamanca.
Sección de Juventud – Espacio Joven.

Anexo V
Notificación fehaciente de la cesión del derecho de cobro de la ayuda económica por endoso.
 
[Se presentará conjuntamente con cada factura: art. 13.3 de la Convocatoria]
 
3ª CONVOCATORIA PÚBLICA DE CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A GRUPOS Y BANDAS MUSICALES DE JÓVENES PARA FACILITAR SESIONES DE ENSAYOS. AÑO 2015. (Publicada en el B.O.P. de Salamanca del día: _____________________________)
 
Nombre completo del Grupo o Banda Musical:
Nº de miembros:
 
1.- Todos los componentes, músicos-intérpretes, del Grupo o Banda (Arts. 4 y 5 de la convocatoria):
 
1º Apellido
2º Apellido
Nombre
Nº DNI/Pasaporte
Firma:
1
 
 
 
 
 
2
 
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
4
 
 
 
 
 
5
 
 
 
 
 
6
 
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
8
 
 
 
 
 
 
2.- A efectos de lo dispuesto en los arts. 12 y 13 de esta convocatoria, mediante la firma de este Anexo, todos y cada uno de los firmantes, notificamos de forma fehaciente la cesión del derecho de cobro de la factura que a continuación identificamos, emitida a nombre del representante de nuestro grupo o banda musical (art. 7), y autorizamos su pago, mediante endoso, a favor del emisor de la misma, titular de la sala de ensayo en la que hemos realizado los ensayos musicales conforme a la referenciada convocatoria, y en su consecuencia, sólo deberá pagarse a este titular, que es el único legitimado para su cobro. El deudor sólo se verá liberado de su obligación de pago satisfaciendo el importe de la factura al mencionado titular:
Factura: Emisor: ___________________________________________ CIF/NIF __________________.
Fecha emisión: _________________. Número Ftra.: ___________. Importe: _______________ euros.
Nombre comercial de las Salas de ensayo: __________________________________________________.
Nº de Cuenta (IBAN: 20 dígitos). Entidad Bancaria: ________________________________________.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.- D/ña. ______________________________________, con NIF nº: ___________________, en nombre y representación propio, o en su caso, en representación de __________________________________ ____________________________, con NIF nº _________________, ACEPTO LA CESIÓN DEL DERECHO DE COBRO Y TRANFSFERENCIA PRECEDENTE.
Salamanca a ________ de __________________ de 2015            (Firmar: Aceptante de Endoso)
 
 
 
 
 
 
Ayuntamiento de Salamanca.Sección de Juventud – Espacio Joven.


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